Abogado modificación de medidas en Terrassa — Roger Majoral Advocat

MODIFICACIÓN DE MEDIDAS EN TERRASSA

Las circunstancias cambian — las medidas también pueden hacerlo

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Derecho de Familia

¿HAN CAMBIADO SUS CIRCUNSTANCIAS DESDE EL DIVORCIO?

Las medidas acordadas o impuestas en un divorcio o separación no son inamovibles. La ley permite modificarlas cuando se produce un cambio sustancial y duradero en las circunstancias de cualquiera de las partes o de los hijos. La vida cambia y el derecho de familia debe adaptarse a ella.

En Roger Majoral Advocat, despacho en el centro de Terrassa, tramitamos modificaciones de medidas tanto de mutuo acuerdo como de forma contenciosa en el Vallès Occidental. Analizamos si concurre el cambio sustancial de circunstancias necesario y diseñamos la estrategia más adecuada para cada caso.

Ya sea una reducción de pensión por pérdida de empleo, un cambio de custodia o la extinción de la pensión compensatoria, actuamos con rapidez para que la resolución judicial refleje su situación real.

QUÉ MEDIDAS PODEMOS MODIFICAR

Modificación de Custodia

Solicitamos el cambio del régimen de custodia cuando las circunstancias han variado significativamente. Defendemos el interés del menor y el derecho del progenitor afectado.

  • Cambio de custodia exclusiva a compartida
  • Modificación del plan de parentalidad
  • Cambio por traslado de domicilio
  • Situaciones de riesgo para el menor

Modificación de Pensiones

Adaptamos la pensión de alimentos o compensatoria a la nueva realidad económica. Tanto si necesita reducirla como aumentarla, actuamos con rapidez.

  • Reducción por pérdida de empleo
  • Aumento por mayores necesidades
  • Extinción de la pensión compensatoria
  • Reclamación de impagos

Régimen de Visitas

Modificamos el régimen de visitas cuando el establecido ya no se adapta a la realidad familiar o se está incumpliendo de forma reiterada por una de las partes.

  • Ampliación del régimen de visitas
  • Restricción por incumplimiento
  • Visitas supervisadas
  • Adaptación a la edad del menor

Uso de la Vivienda

Reclamamos la extinción o modificación de la atribución del uso de la vivienda familiar cuando han cambiado las circunstancias que la motivaron.

  • Extinción por emancipación de los hijos
  • Modificación por nuevo matrimonio
  • Reclamación de la vivienda propia
  • Liquidación del inmueble

Acuerdo de Modificación

Cuando ambas partes están de acuerdo en modificar las medidas, redactamos el nuevo convenio y lo tramitamos judicialmente para que tenga plena eficacia.

  • Nuevo convenio regulador
  • Homologación judicial
  • Máxima agilidad
  • Sin procedimiento contencioso

Ejecución de Medidas

Si la otra parte incumple las medidas acordadas o impuestas judicialmente, iniciamos la ejecución forzosa para hacer cumplir la resolución judicial.

  • Incumplimiento de visitas
  • Impago de pensiones
  • Apercibimientos y multas
  • Denuncia penal por sustracción

¿Ha cambiado su situación?

Le analizamos el caso gratuitamente y le decimos si procede la modificación.

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FAQ

Preguntas Frecuentes sobre Modificación de Medidas

La modificación de medidas se puede solicitar cuando se produce un cambio sustancial y duradero en las circunstancias que existían en el momento en que se dictaron las medidas originales. Algunos ejemplos son: pérdida de empleo, cambio de residencia, nueva situación económica, cambios en las necesidades de los hijos o incumplimiento reiterado por una de las partes.

Sí. Si ha habido un cambio sustancial en las circunstancias (cambio de domicilio de uno de los progenitores, problemas graves de convivencia, cambios en las necesidades del menor, etc.), puede solicitarse la modificación del régimen de custodia y del plan de parentalidad. El juez decidirá siempre atendiendo al interés superior del menor.

Sí. La pensión de alimentos puede modificarse al alza o a la baja cuando cambian las necesidades del hijo o la capacidad económica del obligado al pago. Por ejemplo, una pérdida de empleo, una reducción de ingresos o un aumento significativo de los gastos del menor son causas habituales de modificación.

Si no hay acuerdo entre las partes, es necesario iniciar un procedimiento judicial de modificación de medidas contencioso. El juez valorará las circunstancias alegadas por cada parte y resolverá en consecuencia. Contar con un abogado especializado es fundamental para acreditar el cambio sustancial de circunstancias.

En Cataluña, el nuevo matrimonio o la convivencia marital del cónyuge que recibe la pensión compensatoria es causa de extinción de la misma. También puede extinguirse si desaparece el desequilibrio económico que la originó o si el beneficiario mejora sustancialmente su situación económica. Es necesario acudir al juzgado para que se declare formalmente su extinción.

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